Condiciones Generales de Contratación aplicables a la prestación de servicios de mudanza realizado por CARGO LANZAROTE S.L.


Nota importante: Estas condiciones recogen importantes términos y condiciones de contratación aplicables a la prestación de servicios de mudanza realizado por CARGO LANZAROTE S.L. (en adelante, “CARGO LANZAROTE”). Es importante que las lea detenidamente y que resuelva cualquier duda sobre las mismas antes de contratar un servicio de mudanza con CARGO LANZAROTE. Si tiene usted dificultad para entender estas Condiciones Generales de Contratación, puede hacernos llegar cualquier duda que pueda tener antes de contratar con CARGO LANZAROTE.




Cláusula 1. AMBITO DE APLICACIÓN



Las presentes Condiciones Generales de Contratación (en adelante, “CGC”), tienen por objeto regular el uso de los servicios de mudanzas, y en su caso, otros servicios relacionados con dichas mudanzas prestados por CARGO LANZAROTE.



Estas CGC serán de aplicación a todos los contratos que versen sobre la prestación de servicios de mudanzas. La aceptación, sin reservas, de las presentes CGC deviene indispensable para la prestación de servicios por parte de CARGO LANZAROTE. El Cliente manifiesta, en tal sentido, haber leído, entendido y aceptado las presentes CGC, puestas a su disposición.


La relación contractual entre el cliente e CARGO LANZAROTE se rige, por las presentes condiciones generales, las particulares y estará sometido a las normas aplicables al modo de transporte que se utilice en cuanto no se opongan a las normas especiales establecidas para el Contrato de mudanza. Las condiciones generales prevalecerán en caso de controversia, sobre cualquier otra propuesta o intercambio de correspondencia o similar, así como sobre cualquier otro acuerdo de las partes en relación con el objeto del contrato.



Cláusula 2. NORMAS APLICABLES



Las presentes Condiciones Generales, están sujetas a lo dispuesto en la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de Contratación, a la Ley 15/2009, del contrato de transporte terrestre de mercancías, a la ley 16/1987 de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, a la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, a la ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la Ley 7/1996, de 15 de enero del Comercio Minorista, a la Ley 44/2006 para la mejora de la protección de los Consumidores y Usuarios, el Real Decreto Legislativo 1/2007 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y al Código de Comercio y Código Civil.


El contrato de mudanza estará sometido a las normas aplicables al modo de transporte que se utilice en cuanto no se opongan a las normas especiales establecidas para el Contrato de mudanza.




Cláusula 3. LAS PARTES CONTRATANTES



El CLIENTE se define como aquella persona, natural o jurídica, que haya contratado los servicios de mudanza de CARGO LANZAROTE, así como a quien se dirija el presupuesto, cotización, correspondencia, e-mails, el cargador, remitente, receptor, destinatario o cualquiera de los intermediarios, agentes o dependientes de éstos. El Cliente es el responsable del pago íntegro de los servicios prestados por CARGO LANZAROTE.


CARGO LANZAROTE se define como la empresa que presta servicios de mudanzas para sus Clientes, así como otros servicios adicionales y/o asociados al mismo, bajo solicitud expresa por parte del Cliente y contra el pago del correspondiente un suplemento.



CARGO LANZAROTE podrá́ confiar la ejecución de la prestación objeto del contrato, total o parcialmente, a otra empresa, en régimen de colaboración.




Cláusula 4. OBJETO DEL CONTRATO



Por el contrato de mudanza CARGO LANZAROTE se obliga a transportar mobiliario, ajuar doméstico, enseres y sus complementos procedentes o con destino a viviendas, locales de negocios o centros de trabajo, desde donde se encuentren hasta el lugar específicamente acordado entre las partes ya fuere en la vivienda, local o centro de trabajo de destino. El resto de las operaciones, como la preparación, armado o desarmado, embalaje, desembalaje y otras complementarias, quedarán a la voluntad contractual de las partes contratantes.


El servicio de mudanzas se define como recogida, transporte y entrega de mobiliario, objetos y enseres entre dos o varias ubicaciones.


El emplazamiento de los muebles y/u objetos se efectuará una sola vez siguiendo las indicaciones del cliente o mediante plano facilitado por el mismo.


Los movimientos suplementarios o las demoras no imputables a la empresa de mudanzas, serán por cuenta del cliente, quien deberá abonar los gastos que se originen.


La mudanza se realizará de acuerdo con los datos suministrados por el cliente con el tiempo suficiente para permitir la organización normal del trabajo a efectuar. Dichos datos son los siguientes:


-       Naturaleza, número e importancia de los objetos a cargar (Declaración de objetos/inventario).



- Designación de lugares de carga y descarga, así como las condiciones y el estudio de los accesos a los locales y viviendas para el personal y los vehículos (aparcamientos, pasillos, escaleras, montacargas y otros trabajos en curso en los respectivos locales).



- Definición de objetos cuyo transporte este sujeto a una regulación especial (por ejemplo, obras de arte, etc.). Las eventuales formalidades administrativas serán de cuenta del cliente no estando obligada CARGO LANZAROTE a verificar la regularidad de los documentos suministrados.



En ningún caso, la declaración de objetos y/o la declaración de valor de la mercancía en cualquier documento, se considerará una declaración del valor real que impida a CARGO LANZAROTE limitar su responsabilidad. Dichas declaraciones de valor son meras manifestaciones sin contenido, relevancia, ni valor alguno ya que CARGO LANZAROTE no puede comprobar la veracidad ni realidad del valor declarado por el Cliente.


Corresponde al Cliente la manipulación y embalaje de los bienes que desee trasladar, por lo que CARGO LANZAROTE queda exonerada de cualquier tipo de responsabilidad derivada del no adecuado embalaje de los objetos a transportar, siempre y cuando el cliente no haya contratado nuestro servicio de embalaje.



CARGO LANZAROTE ofrecerá al cliente material de embalaje para poder proteger los objetos en la medida deseada por el cliente, no quedando contemplado el coste de este material en el presente contrato.


El servicio de mudanza no comprende el transporte de productos no permitidos o prohibidos, así como ácidos corrosivos, materiales inflamables o explosivos ni, salvo pacto en contrario, el de dinero metálico, alhajas, piedras preciosas, valores al portador, objetos platas, obras de arte, objetos antiguos o de colección, etc.


El servicio de mudanza no comprende, salvo pacto especial, el transporte y manipulación de cajas de caudales, planos y objetos de gran volumen o peso.



CARGO LANZAROTE se reserva, además, el derecho a no ofrecer mudanzas en determinados países, sea en general o en casos particulares. CARGO LANZAROTE no asumirá́ en ningún caso tasas de importación o de tránsito, impuestos que puedan aplicar algunos Estados por importación o tránsito de objetos en mudanzas, ni cargas similares. Estos correrán siempre por cuenta del Cliente.



No nos hacemos responsables de cualquier tarifa de importación o de tránsito, así como de impuestos que los países impongan para la importación o tránsito de mercancías que tengan que ser reubicadas. El Cliente será responsable de cualquier impuesto referente a la importación.



Cuando el Cliente firma un contrato para la realización de una mudanza con CARGO LANZAROTE, estarán siempre incluidos los siguientes servicios:



Puesta a disposición de suficiente personal para realizar la mudanza


Desplazamiento del/los vehículos/s de transporte y del personal asignado a la mudanza al lugar de partida


Carga del contenedor a bordo de los vehículos de transporte por el personal asignado a la mudanza


Transporte de los objetos de la mudanza al lugar de destino convenido


Descarga de los objetos de la mudanza por el personal asignado a la mudanza en el lugar de destino, traslado y depósito de los objetos de la mudanza al o en el lugar indicado


Combustible para el o los vehículos de transporte, materiales para la correcta carga


Todas aquellas medidas necesarias para la correcta planificación y coordinación de los servicios a prestar


El Cliente podrá́ contratar servicios adicionales u otro tipo de servicios más amplios, siempre y cuando CARGO LANZAROTE los ofrezca y sean aceptados. La prestación de dichos servicios adicionales estará́ sujeta al pago de un suplemento. A título enunciativo, pero no limitativo, CARGO LANZAROTE ofrece los siguientes servicios adicionales:



Desmontaje y montaje de muebles, cocinas y sanitarios


Embalaje y desembalaje de los objetos de la mudanza


Puesta a disposición e instalación de elevadores para muebles


Puesta a disposición de material de embalaje


Almacenaje de los objetos de la mudanza


Seguros adicionales


Gestión de aduanas de importación y exportación



Algunos de estos servicios adicionales, en caso de no ser contratados por el Cliente, deberán ser aportados por esté como servicios de colaboración.



Cláusula 5. PROHIBICIONES DE TRANSPORTE PARA DETERMINADOS OBJETOS



CARGO LANZAROTE no transporta ningún tipo de material peligroso.



En este sentido, se consideran materiales peligrosos aquellas sustancias, preparados (mezclas, conglomerados, soluciones) y objetos que contengan sustancias, por cuya naturaleza, características físicas o químicas, o que, por su estado durante el transporte, puedan suponer un peligro para la seguridad o el orden público, en particular para la comunidad, para bienes comunes importantes y/o para la vida y la salud de personas o animales. La normativa también puede clasificar determinados bienes como material peligroso. En este sentido, los ejemplos típicos de materiales peligrosos son las sustancias químicas, el gas licuado, los fuegos artificiales, la gasolina, diésel de calefacción, determinados abonos y/u otros objetos o líquidos fácilmente inflamables, determinados residuos, sustancias radioactivas de cualquier tipo (por ejemplo para aplicaciones médicas y técnicas), así como también sustancias que en pequeñas cantidades no suponen un peligro, pero que en grandes cantidades pudieran serlo, como por ejemplo los botes de aerosol.



Prohibiciones absolutas de transporte



Queda absolutamente prohibido el servicio de mudanza de todos aquellos bienes que, en general, puedan poner en peligro la salud o la seguridad de personas o cosas, entre los cuales se encuentran:


-Bienes de comercio prohibidos por las Leyes y Reglamentos (géneros estancados, bienes robados o provenientes de cualquier acto ilícito contra la propiedad privada)


-Productos químicos, gases explosivos, tóxicos, inflamables.



-Animales vivos o muertos.



-Cualquier producto perecedero.




Prohibiciones relativas de transporte



Queda prohibido realizar el servicio de mudanza de bienes de alto valor, tales como joyas, dinero, piedras preciosas, títulos valores, acciones u obligaciones, contratos o documentos importantes/significativos objetos de arte cotizados en el mercado artístico (cuadros, mobiliario…), objetos de valor incalculable u otros de análoga consideración, entre otros.


En todo caso, el Cliente exonera a CARGO LANZAROTE y la compañía aseguradora de cualquier responsabilidad derivada de cualquier incidente, siniestro o controversia que pudiera surgir por razón del transporte y mudanza de este tipo de bienes, relacionados en el presente apartado, y renuncia por tanto a cualquier reclamación derivada de los mismos, siendo su riesgo el traslado de los citados bienes.


En este caso, el Cliente no podrá trasladar los referidos bienes, salvo que medie solicitud expresa antes de la contratación del servicio y el Cliente suscriba un seguro adicional en las condiciones establecidas.




Cláusula 6. AMPLIACION DE LOS SERVICIOS A PRESTAR POR CARGO LANZAROTE



En caso de que el Cliente deseara ampliar o cambiar cualquiera de los servicios contratados y en la medida que sea posible para CARGO LANZAROTE, el Cliente deberá comunicar dicho extremo a CARGO LANZAROTE con una antelación mínima de dos días antes de la fecha de realización efectiva de la mudanza mediante contratación de servicios adicionales, ampliación de los objetos de la mudanza u otros cambios. Para ello, deberá́ ponerse en contacto con CARGO LANZAROTE. El equipo de CARGO LANZAROTE establecerá́ los detalles con el Cliente y guiará al mismo a través del proceso de modificación del pedido siempre y cuando el cambio deseado es razonable y realizable por CARGO LANZAROTE. CARGO LANZAROTE se reserva el derecho a aceptar o rechazar dicho cambio.



Si el Cliente deseara ampliar los servicios contratados en un corto período de tiempo, o incluso durante el proceso de mudanza, dicha petición estará́ sujeta al consentimiento de CARGO LANZAROTE. Cualquier ampliación de servicios será́, en principio, asumida por el Cliente inmediatamente.




Cláusula 7. CELEBRACION DEL CONTRATO DE MUDANZA CON CARGO LANZAROTE.



Los servicios a prestar por CARGO LANZAROTE al Cliente se concretarán con antelación a la firma del contrato, de la siguiente manera:



En un primer momento el Cliente proporciona a CARGO LANZAROTE, a través de su sitio web, por email o por teléfono, determinada información sobre la mudanza, entre otras, la fecha o un margen de fechas, información sobre los objetos de la mudanza que permita categorizar el volumen a transportar, el lugar de recogida y el lugar de destino, y los servicios adicionales, en su caso. Todas las especificaciones realizadas por el Cliente deberían ser precisas a la conclusión, teniendo en cuenta que las mismas serán la base para realizar la cotización por parte de CARGO LANZAROTE y en su caso, para la posterior realización de los servicios de mudanza dentro del alcance de lo presupuestado. Cualquier información incorrecta, imprecisa u obviada resultará en perjuicio del Cliente, pudiendo suponer una variación del coste de transporte o la resolución anticipada del contrato.



Sobre la base de la información facilitada por el Cliente, CARGO LANZAROTE elaborará una propuesta concreta de costes y la remitirá́ al Cliente por email. Si el Cliente acepta la propuesta, CARGO LANZAROTE pondrá́ a disposición del Cliente un formulario/documento donde esté podrá revisar todos los detalles del servicio y rectificarlos si fuera necesario, o incluso añadir información que pudiera haberse obviado. Alternativamente, el Cliente tendrá la oportunidad de contactar con CARGO LANZAROTE telefónicamente para consultar la estimación de costes, solicitar información acerca de los detalles de pedidos pendientes y, si fuera necesario, revisar y corregir los datos y añadir cualquier información que pudiera faltar.



En caso de que el Cliente gestione la mudanza mediante la introducción de datos en la página web de CARGO LANZAROTE, los costes de la mudanza se calcularán y se mostrarán al Cliente en tiempo real. Por tanto, en este caso la estimación de costes no será́ comunicada al Cliente por correo electrónico.



El Cliente también viene obligado a informar a CARGO LANZAROTE sobre aquellos objetos incluidos en el servicio de mudanza cuya manipulación o transporte esté sometido a regulación especial o al régimen de autorización administrativa previa. En este caso, será́ de cuenta del Cliente el cumplimiento, el pago y la verificación de las formalidades administrativas necesarias y la entrega a CARGO LANZAROTE de los documentos necesarios para tal tipo de transporte.



El incumplimiento por parte del Cliente de las obligaciones de información y verificación de autorizaciones especiales señaladas en los apartados precedentes exonerará a CARGO LANZAROTE de cualquier responsabilidad derivada de su incumplimiento o inobservancia.


Una vez introducidos todos los datos y una vez que todos los externos necesarios incluyendo sin limitación los servicios a prestar por CARGO LANZAROTE, el tiempo o período de desarrollo y el precio a pagar por el Cliente, hayan sido determinados, CARGO LANZAROTE realizará una oferta vinculante para prestar los servicios establecidos en un momento determinado o dentro de un período de tiempo convenido, al precio estipulado.



CARGO LANZAROTE deberá́ confirmar el pedido al cliente por email, dentro de los (3) días hábiles siguientes a la recepción del pago. CARGO LANZAROTE tendrá́ además el derecho a declinar pedidos sin necesidad de alegar motivo alguno.



Los términos y condiciones que regulan la relación contractual entre CARGO LANZAROTE y el Cliente serán los que se detallen en la propuesta de servicios aceptada por el cliente, las presentes CGC y las normas aplicables al modo de transporte que se utilice en cuanto no se opongan a las normas especiales establecidas para el Contrato de mudanza.




Cláusula 8. PARTICULARIDADES DEL SECTOR DE LAS MUDANZAS.



El personal de la mudanza no está facultado para hacer aclaraciones o cambios sobre el contrato.



Advertimos que el personal que realiza la mudanza in situ no representa necesariamente a CARGO LANZAROTE, y por ello en caso de que el Cliente desee modificar y/o contratar servicios adicionales durante la mudanza y que dichos servicios adicionales puedan ser realizados, o cuando sea previsible que vayan a surgir sobrecostes, dichos sobrecostes y servicios adicionales deberán ser documentados y confirmados por CARGO LANZAROTE de forma escrita.



Presencia obligatoria del Cliente in situ



El Cliente está obligado a estar presente tanto el día de la mudanza como el día de la descarga en la dirección convenida para la descarga, personalmente o a través de otra persona debidamente apoderada para ello. En caso de retrasos causados por la ausencia del Cliente o por la ausencia de un apoderado que le represente, CARGO LANZAROTE tendrá́ derecho a una indemnización por paralización por cada media hora que exceda la hora acordada para realizar la mudanza y por cada empleado de mudanza presente in situ. A partir de las 2 horas de espera, CARGO LANZAROTE tendrá́ derecho a facturar al cliente la totalidad del importe contractualmente convenido por vía de indemnización global, sin que CARGO LANZAROTE deba llevar a cabo la prestación del servicio de mudanza contratado. Se permitirá́ al Cliente en ambos casos demostrar que no se ha producido daño alguno o que el daño es considerablemente menor a esta compensación global.



Cláusula 9. RESOLUCION DEL CONTRATO



Serán causas de resolución del Contrato:



Qué CARGO LANZAROTE no tuviera los medios necesarios para poder llevar a cabo el servicio de mudanza o no pudiera cumplir con las fechas convenidas, por causas no imputables a CARGO LANZAROTE, y sin necesidad de justificación expresa en cada caso.


El incumplimiento de los pagos pactados.



CARGO LANZAROTE también podrá resolver el Contrato cuando existan circunstancias ocultas desconocidas a la firma del mismo y que justifiquen una resolución considerando un interés aceptable de CARGO LANZAROTE, por ejemplo, en casos de fuerza mayor, huelgas y catástrofes naturales.



Si CARGO LANZAROTE decide ejercer su derecho de resolución, el Cliente deberá indemnizar a CARGO LANZAROTE por los daños causados a CARGO LANZAROTE en relación con el pedido y la terminación. Ello incluirá, sin perjuicio de otras cantidades a considerar, la indemnización por cualquier gasto incurrido u otros que pudieran devengarse según la causa que dio lugar a la resolución.



En caso de resolución, CARGO LANZAROTE deberá comunicarlo al Cliente por escrito.



Cláusula 10. CANCELACION DEL CONTRATO



Una vez contratada la prestación para el servicio de la mudanza, el contrato será vinculante. Sin embargo, en el caso de que el Cliente notificará la finalización del contrato, dicha notificación deberá efectuarse de forma escrita (a través de e-mail será suficiente). Sin perjuicio de lo anterior, CARGO LANZAROTE no puede conceder al cliente un derecho de cancelación gratuita del contrato, por lo que una vez que el Cliente quisiera cancelar el contrato una vez perfeccionado, esté deberá satisfacer las siguientes indemnizaciones:



CARGO LANZAROTE puede en todo momento exigir el pago de un tercio del coste convenido de la mudanza.


En los casos en los que la cancelación tenga lugar con muy poca antelación a la prestación de los servicios, la indemnización exigible por CARGO          LANZAROTE podrá ser superior a la establecida en el punto anterior. En estos casos CARGO LANZAROTE podrá exigir un tercio de la remuneración convenida, la cuantía correspondiente por tiempo de espera y aquellos otros gastos a reembolsar, descontando los gastos que CARGO LANZAROTE no hubiera desembolsado debido a la cancelación del contrato.


En los casos en los que CARGO LANZAROTE no pudiera utilizar los vehículos de transporte y/o el personal asignado para la mudanza para llevar a cabo sus servicios en otro lugar u otros costes asociados a la mudanza, la indemnización aplicable será del 100% de la remuneración pactada.


Cualquier declaración de cancelación de contrato deberá́ realizarse por escrito.



Cláusula 11. OBLIGACIONES DEL CLIENTE



El Cliente deberá́ dar, entre otras, la información necesaria, completa y veraz, sobre el lugar de carga y descarga de los objetos de la mudanza, el recorrido a pie desde el camión hasta la puerta de la casa, apartamento o local, la disponibilidad y el tamaño de los ascensores y el número de pisos, en su caso, los metros cuadrados, la cantidad de habitaciones, las personas que viven en el domicilio, el contenido de la lista de objetos de la mudanza y toda aquella otra información que se le solicite junto con explicación de las circunstancias relevantes para la correcta realización de la mudanza.



El Cliente deberá remitir a CARGO LANZAROTE un inventario completo y veraz de los objetos de la mudanza que deben ser transportados.



El Cliente deberá cooperar con CARGO LANZAROTE llevando a cabo todas las actuaciones necesarias para la correcta realización de la prestación de servicios, como, por ejemplo, desmontaje y montaje de muebles, sanitarios y cocinas, embalaje y desembalaje de los objetos de la mudanza y señalización de la zona de estacionamiento reservado a la mudanza, siempre y cuando dichos servicios no hayan sido contratados a CARGO LANZAROTE como servicios adicionales. El Cliente se asegurará de esta forma que el día de la mudanza no se produzca ninguna obstaculización ni retraso alguno por su culpa.



El Cliente deberá́ obtener los permisos oficiales necesarios para reservar las zonas de estacionamiento durante el período de la mudanza en el lugar de carga y descarga.


El Cliente está obligado a comunicar a CARGO LANZAROTE de inmediato cualquier modificación en sus datos, que afecten a los lugares de carga o descarga o a los objetos de la mudanza y otros aspectos relevantes para la correcta prestación del servicio, incluyendo, aunque no de forma limitativa, obras de construcción iniciadas posteriormente a la aceptación de la propuesta, obras en la calle, calles cerradas u otros obstáculos que pudieran producirse. Estas modificaciones pueden requerir que el Cliente deba contratar servicios adicionales a CARGO LANZAROTE, y por ello el cliente deberá́ abonar los suplementos correspondientes.



El Cliente deberá́ estar localizable el día de la mudanza en el número de teléfono que haya facilitado en el momento de la suscripción del contrato, incluso en las horas previas al inicio previsto de la mudanza.



Para el caso de mudanzas con origen o destino en el extranjero, el Cliente está obligado a proveer a CARGO LANZAROTE con toda la información necesaria en relación a los requerimientos legales o reglamentarios para el transporte de los bienes a transportar, así como los documentos que deban acompañarlos. Estos requerimientos, pueden ocasionar determinados gastos en aduanas, así como la expedición de documentos tales como, certificados de importación, exportación, sanidad e intercambio de documentación. En este caso, los documentos originales que deberán acompañar a la mercancía durante su viaje, deben ser entregados completos y correctamente rellenados al menos 7 días antes de la fecha concertada de la mudanza y con tantas copias como sea necesario.



En caso de que los documentos no estén disponibles al menos 7 días antes del comienzo de la mudanza, CARGO LANZAROTE no puede garantizar el servicio y por lo tanto se reserva el derecho a cancelarlo. Si el Cliente es responsable del retraso en la entrega de los documentos, CARGO LANZAROTE se reserva el derecho a reclamar una compensación por daños ocasionados. CARGO LANZAROTE no está́ obligado a comprobar la exactitud o integridad de los documentos presentados.



Cláusula 12. PRECIO DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS Y FORMA DE PAGO




El Cliente realizará el pago del servicio al contado, salvo que las condiciones particulares indiquen lo contrario, en el momento de contratar el servicio, el cual podrá hacer efectivo, vía transferencia bancaria, recibo domiciliado, tarjeta bancaria o en metálico.




En el caso de no atender el pago en las condiciones acordadas, CARGO LANZAROTE se reserva el derecho a ejercer cuantas acciones estén a su alcance para diligenciar el cobro de las cantidades devengadas por el servicio contratado, incluyendo la disposición de las mercancías transportadas.




Cláusula 12.bis. OTRAS CONDICIONES Y MENCIONES ESPECIALES PARA LOS EMBARQUES CON DESTINO Y/O ORIGEN FUERA DE LA CEE.




CARGO LANZAROTE se reserva el derecho de utilizar un agente en destino de su red de agentes o del Carrier/Transportista sin previo aviso, para garantizar la máxima agilidad y el menor coste.


CARGO LANZAROTE no gestiona envíos ‘PUERTA A PUERTA’ excepto confirmación expresa de sus principales.


Para los envíos con destino fuera de la CEE, CARGO LANZAROTE podrá proporcionar los costes generales de destino, pero estos son susceptibles de variación por parte de terceras partes.


En ningún caso los aranceles, impuestos u otros gastos derivados de las gestiones aduaneras de destino están incluidos en la cotización.


Los costes pueden variar en función de las medidas, el peso definitivo y la fecha final de envío. Todos los costes extras tales como inspecciones, demoras, ocupaciones o cualquier otro cargo extra derivado de la gestión logística o aduanera no están incluidos en la cotización ordinaria y será facturado cuando se devenguen los mismos y/o el proveedor de dicho servicio informe a CARGO LANZAROTE. Estos costes serán por cuenta del Cliente y deberán ser liquidados inmediatamente a CARGO LANZAROTE o al agente designado por este como condición para la finalización del servicio.


Los costes adicionales finales, podrán ser facturados directamente por el proveedor, de lo contrario será a través de CARGO LANZAROTE



Cláusula 13. DERECHO DE RETENCION O PRENDA



Conforme a la legislación vigente, en el caso de impedimentos a la entrega, si el Cliente no estuviera en el lugar indicado para la debida recepción de los objetos de la mudanza o se negará a recepcionarlos y/o a abonar lo adeudado, CARGO LANZAROTE o en su caso, el colaborador correspondiente podrá solicitar la constitución del depósito de los objetos ante el órgano judicial competente. Este depósito surtirá́ para CARGO LANZAROTE o el colaborador correspondiente los efectos de la entrega, considerándose terminado el transporte de los objetos.


En todo caso, CARGO LANZAROTE o el colaborador correspondiente podrá́ solicitar ante el órgano judicial competente la enajenación de los objetos, sin esperar instrucciones del que tiene derecho sobre aquéllos, si así lo justifican su naturaleza o el estado en que se encuentren o si los gastos de custodia son excesivos en relación con su valor. Cuando no se den tales circunstancias, CARGO LANZAROTE o el colaborador correspondiente sólo podrá solicitar la enajenación de los objetos si en 48 horas no ha recibido de quien tiene el poder de disposición sobre aquéllos instrucciones en otro sentido cuya ejecución resulte proporcionada a las circunstancias del caso.



El Cliente tiene pleno conocimiento que los objetos transportados están especialmente afectos, y por tanto responden, del precio y gastos debidos.



Sin perjuicio de la facultad de CARGO LANZAROTE de instar los procedimientos y acciones anteriormente descritos, en dichos supuestos de incumplimiento el Cliente presta su consentimiento y autoriza expresamente a CARGO LANZAROTE para que pueda dar cualquier otro destino a los objetos transportados, y en especial para que los retenga, los devuelva a su origen, los custodie en sus instalaciones, los deposite en el exterior del domicilio de destino o adopte cualquier otra medida, todo ello con objeto de garantizar el cobro y el cumplimiento de las obligaciones contraídas. A tal fin el Cliente declara haber sido previamente informado de estas circunstancias, conocer su alcance y haber prestado libre y voluntariamente su consentimiento, renunciando expresamente a reclamar cualquier indemnización o responsabilidad que de su incumplimiento se derive.



Cláusula 14. RESPONSABILIDAD DE CARGO LANZAROTE



El mobiliario y demás efectos objeto del servicio de mudanza se transportan a riesgo y ventura del Cliente. En consecuencia, será de la cuenta de éste todos los daños y menoscabos que puedan sufrir aquellos durante el transporte por caso fortuito, fuerza mayor o naturaleza o vicio propio de las cosas, de conformidad con la normativa vigente.




Presunciones de exoneración




CARGO LANZAROTE quedará exonerada de responsabilidad cuando pruebe que la pérdida o avería de los bienes objeto de la mudanza ha podido resultar verosímilmente de alguno de los riesgos siguientes:




a) Deficiencias en el embalaje o marcado de los bienes realizado por el cargador y/o Cliente


b) La manipulación efectuada por el cargador y/o Cliente


c) Carga o descarga de bienes cuya dimensión o peso no sea adecuado para los medios de transporte acordados, siempre que el porteador haya avisado al cargador del riesgo de daños y éste hubiera insistido en la ejecución de la prestación.


d) Falsedad o incorrección de la información proporcionada por el cargador y/o Cliente.


e) Transporte de animales vivos o de plantas.


f) Naturaleza propia de los bienes objeto de la mudanza.




Límites de indemnización




La responsabilidad de CARGO LANZAROTE por daños o pérdida de los bienes transportados no podrá exceder de veinte veces el Indicador Público de Efectos Múltiples/día por cada metro cúbico del espacio de carga necesario para el cumplimiento del contrato.



Reservas



La acción por pérdida o avería de los bienes objeto de la mudanza se extingue si el destinatario no manifiesta por escrito sus reservas al porteador o a sus auxiliares en el momento de la entrega o, en caso de pérdidas y averías no aparentes, dentro de los siete días siguientes al de la entrega, descontando domingos y festivos.



El Cliente manifiesta que ha sido informado por parte de CARGO LANZAROTE de las consecuencias de la ausencia de las mencionadas reservas.




Exclusiones




CARGO LANZAROTE no responderá de los daños, retrasos o pérdidas que se produzcan por fuerza mayor o caso fortuito, como incendio, rayo, inundaciones, etc.; por causas políticas o sociales como sabotajes, huelgas, motines, fuerzas o medidas militares, incluso en tiempo de paz, guerras, etc. deterioro de los muebles, objetos subidos o bajados por balcones o escaleras dificultosas, los ocasionados por la estrechez de las puertas o pasillos y en muebles u objetos que con anterioridad al servicio se encuentren encolados o restaurados los desperfectos producidos por los derrames de líquidos, sustancias o ácidos contenidos en recipientes, combustión espontánea, influencia de la temperatura, fermentación, etc. roturas de mármoles de color, lunas y espejos sin marco, los debidos a la naturaleza o vicio propio de las cosas o a cualquier otra causa semejante.


Los impuestos locales, derechos de aduana, certificados de origen, o de traslado de residencia, gastos consulares, transbordos, etc. no están incluidos en el precio del servicio salvo estipulación en contrario.



Los retrasos que pudieran producirse en el servicio no darán derecho a reclamaciones por parte del Cliente, no pudiendo facilitarse plazo más que a título informativo.


Para cubrir los riesgos del transporte, los objetos transportados, habrá de asegurarse por parte del Cliente, previa declaración del valor total de los objetos transportados y abonando la sobre prima del seguro correspondiente.




Otros motivos de exclusión y limitación de responsabilidad



CARGO LANZAROTE quedará exonerada de cualquier responsabilidad siempre y cuando la perdida, el daño o el incumplimiento del plazo de entrega se deba a circunstancias que CARGO LANZAROTE no hubiera podido evitar ni con la mayor diligencia y cuyas consecuencias no hayan podido ser evitadas por CARGO LANZAROTE.







Cláusula 15. CONTRATACION DE SEGURO



El mobiliario y demás efectos objeto del servicio de mudanza se transportan a riesgo y ventura del Cliente, por ello las mercancías no viajan aseguradas a no ser que el Cliente contrate la cobertura de seguro ofrecida por CARGO LANZAROTE.


El Cliente tiene conocimiento que CARGO LANZAROTE ofrece la posibilidad de contratar una responsabilidad más amplia o de asegurar los objetos de la mudanza.



La empresa y la aseguradora NO se hacen responsable de ningún envío a países que se encuentren en la lista de países sancionados por EEUU o por la U.E.




Cláusula 16. NOTIFICACIONES Y RECLAMACIONES.



Todas las notificaciones, reclamaciones, requerimientos peticiones y otras comunicaciones que hayan de efectuarse por las partes en relación con las presentes condiciones generales deberán realizarse por escrito.



Cláusula 17. NULIDAD E INEFICACIA DE LAS CLAUSULAS



Si cualquier cláusula incluida en estas condiciones generales fuese declarada, total o parcialmente, nula o ineficaz, tal nulidad o ineficacia afectará tan solo a dicha disposición o a la parte de la misma que resulte nula o ineficaz, subsistiendo las condiciones generales en todo lo demás, teniéndose tal disposición, o la parte de la misma que resulte afectada, por no puesta.




Cláusula 18. SUBCONTRACION



CARGO LANZAROTE podrá confiar la ejecución de la prestación objeto del contrato, total o parcialmente, a otra empresa, en régimen de colaboración.




Cláusula 19. JURISDICCION Y LEY APLICABLE



Estas condiciones, así como cualquier contrato firmado con CARGO LANZAROTE y cualquier disputa que pudiera surgir a raíz de los mismos, serán regidos e interpretados de conformidad con la Ley de España.


Cualquier disputa o acción que pudieran surgir o ejercitarse frente a CARGO LANZAROTE, sus empleados y/o dependientes quedarán sometidas a la jurisdicción española, y, dentro de ella, a los Juzgados y Tribunales de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, renunciando de forma expresa el cliente a cualquier otro fuero.




Clausula 20. DERECHO DE DESISTIMIENTO 



El cliente tiene derecho a desistir del presente contrato en un plazo de 14 días naturales sin necesidad de justificación como consumidor persona física, no aplicable en el caso de personas jurídicas o profesionales. 



El plazo de desistimiento expirará a los 14 días naturales del día de la celebración del contrato.


Para ejercer el derecho de desistimiento, el cliente deberá notificar a CARGO LANZAROTE S.L. Avda Cargo Lanzarote 1-3, 35500 Arrecife, Las Palmas (España), correo electrónico: gestion@cargolanzarote.es, su decisión de desistir del contrato a través de una declaración inequívoca (por ejemplo, una carta enviada por correo postal, fax o correo electrónico). Podrá utilizar el modelo de formulario de desistimiento que figura a continuación, aunque su uso no es obligatorio.



Modelo de formulario de desistimiento


A la atención de



CARGO LANZAROTE S.L.


AVDA CARGO LANZAROTE 1-3 35500 


35500 ARRECIFE, LAS PALMAS (ESPAÑA) 


gestion@cargolanzarote.es   



Por la presente le comunico que desisto de mi contrato de servicio con referencia:


Nombre del consumidor:


Firma del consumidor


Fecha



Para cumplir el plazo de desistimiento, basta con que la comunicación relativa al ejercicio por su parte de este derecho sea enviada antes de que venza el plazo correspondiente o se haya iniciado la prestación del servicio contratado. 



Consecuencias del desistimiento:


En caso de desistimiento por parte del cliente, se le devolverá todos los pagos recibidos de su parte, sin ninguna demora indebida y, en todo caso, a más tardar 14 días naturales a partir de la fecha en la que se nos informe de su decisión de desistir del presente contrato.


Procederemos a efectuar dicho reembolso utilizando el mismo medio de pago empleado por el mismo para la transacción inicial, a no ser que haya el cliente dispuesto expresamente lo contrario; en todo caso, no incurrirá en ningún gasto como consecuencia del reembolso.


Si el servicio objeto del presente contrato hubiera iniciado durante el plazo de desistimiento, de acuerdo con el artículo 108.3 de la ley 1/2007, acorde a la tipología de servicios prestados y de acuerdo con el artículo 103.a de la citada ley, el derecho de desistimiento no será aplicable.




Clausula 21. POLITICA DE PRIVACIDAD 



Información básica sobre protección de datos.


El responsable del tratamiento de sus datos es CARGO LANZAROTE, S.L. 


Finalidades: La finalidad del tratamiento es la prestación de los servicios contratados y facturación. 


Legitimación: Ejecución de un contrato. 


Destinatarios: No se cederán datos a terceros ajenos al servicio contratado.


Plazos de conservación: Los datos personales serán mantenidos durante la vigencia de la prestación de servicios. Al finalizar la misma, se mantendrán durante los plazos legalmente previstos. La justificación del mantenimiento de sus datos es el legítimo interés de poder mantener a futuro una nueva relación contractual con Ud. y la agilidad que proporciona la tenencia de sus datos para la ejecución del contrato.


Derechos: Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación u oposición al tratamiento de sus datos, mediante una instancia que nos puede solicitar. Puede presentar una reclamación ante la Agencia de protección de datos en caso de que no se hayan atendido el ejercicio de sus derechos.  Información adicional: Puede consultar información detallada sobre protección de datos en www.cargolanzarote.es


Actualización de sus datos:  Mientras que no nos comunique lo contrario, entenderemos que sus datos no han sido objeto de modificación, comprometiéndose Ud. a notificar a CARGO LANZAROTE de cualquier variación en los mismos. En caso que exista una modificación en sus datos, póngase en contacto con nosotros con el fin de actualizar los mismos.